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Dr. Edgar Jaimes (*)
El viernes 06-11-09 se realizó una reunión en la sede del CDCHT-NURR, con la participación de la Vicerrectora Académica (VA) de la ULA, Profesora Patricia Rosenzweig, cuyo objetivo, entre otros, era refutar la denuncia que hice en mi artículo titulado: “Autoridades del NURR y de ULA desacatan leyes y reglamentos”, publicado ese mismo día en el Diario de Los Andes.En dicha reunión la Profesora Rosenzweig emitió opinión contraria a la denuncia antes referida, sin esgrimir ningún soporte jurídico-legal y utilizando argumentos carentes de veracidad, para justificar su desacato al Reglamento del CDCHT. Aclaro que no estuve presente en esa reunión por desconocer la convocatoria a la misma.
Los “argumentos legales” que utilizó la mencionada profesora para descalificar mi denuncia, los sintetizo de la siguiente manera:
1º) Inexistencia de trato personal directo conmigo, aunque reconoció que lee mis artículos de opinión.
2º) Renuncia de las profesoras Ibis Quintero y Nancy Santana, como delegadas ante las comisiones científica y humanística del CDCHT, funciones que venían ejerciendo a pesar de habérseles vencido el periodo de tiempo establecido por el Reglamento del CDCHT.
3º) La Ley de Universidades vigente está por encima de los Reglamentos, en consecuencia lo antes indicado está ajustado a derecho.
En relación con el primer “argumento legal” me permito recordar que durante la visita que realizó al NURR, en la ocasión de buscar apoyo a su candidatura para optar al Vicerrectorado Académico (VA) de la ULA, la Profesora Rosenzweig entabló conmigo un ameno diálogo acerca de su oferta electoral, el cual giró en torno a mi sugerencia de mantener y consolidar el Plan de Formación de Generación de Relevo, reactivado por el VA-ULA en el año 2008. Por el contrario, ella insistió en convencerme de las bondades del Programa de Becarios Académicos, con el cual nunca he estado de acuerdo. Recuerdo que fue una conversación de unos 15 minutos, en presencia de los profesores José Mendoza y Neida Pineda, junto a otras personas. Luego entonces, es evidente que su primer “argumento legal” es una mentira flagrante.
Con respecto al “argumento legal” de las renuncias de las profesoras con el fin de romper la continuidad en las funciones que venían desempeñando, es otra mentira más, por dos razones: una es que en el fondo se están reconociendo los límites de tiempo establecidos en el Artículo 13 del Reglamento del CDCHT, según el cual: “Los delegados de las Facultades y Núcleos y sus adjuntos serán designados… por un período de dos años, pudiendo ser reelegidos por un período más.” En consecuencia, carece de sustento jurídico-legal el “argumento” de las renuncias. La otra razón me la reservo por constituir la carga de la prueba que utilizaré para demostrar la inconsistencia del mismo.
El tercer “argumento legal” es la confesión pública más descarada del delito de desacato de leyes y reglamentos que está cometiendo la Vicerrectora Académica de la ULA, Patricia Rosenzweig. En efecto, la Profesora Rosenzweig denota un total desconocimiento del ordenamiento jurídico-legal que rige para la ULA, ya que el Art. 137 de la Ley de Universidades vigente establece que: “Las atribuciones del CDCHT serán fijadas por el Reglamento que dicte el Consejo Universitario de acuerdo a la presente Ley”.
Dicho Reglamento fue aprobado por el CU de la ULA en el año 1984 y desde entonces ha sido utilizado por el CDCHT como la norma que regula su actividad institucional. Es pertinente recordar que en la teoría del derecho constitucional se establece que todo reglamento es un conjunto de normas que son requeridas para el cumplimiento eficaz de una ley.
Por lo tanto, mal puede argumentar la Profesora Rosenzweig que la Ley de Universidades está por encima del Reglamento del CDCHT, ya que éste es una derivación de aquella para que la misma pueda ser efectiva y eficaz.
Con esto queda en evidencia que la mentira y el desacato de leyes, constituyen las bases del abuso de poder que, de manera reiterativa, ha venido cometiendo la Vicerrectora Académica de la ULA, Profesora Patricia Rosenzweig.
(*) Profesor Titular Jubilado del NURR-ULA, Trujillo.
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